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CONDICIONES GENERALES EXSION365 BV

1. Definiciones


Salvo que el contexto demuestre lo contrario, se aplicarán las siguientes definiciones:


1.1. EXS: Exsion365 BV, sociedad de responsabilidad limitada, con domicilio social en Groen van Prinsterersingel 47, 2805 TD Gouda, Países Bajos, e inscrita en el Registro Mercantil con el número 29031530.

1.2. Condiciones generales: Los presentes Términos y Condiciones de Exsion.

1.3. Software Estándar Dynamics NAV/ Business Central: Microsoft Dynamics 365 NAV / Business Central software y documentación proporcionados bajo licencia por Microsoft, para los que se puede contratar una suscripción de mantenimiento.

1.4. Software EXS estándar: Todo el software EXS, los modelos de cálculo y la documentación desarrollados por EXS y proporcionados bajo licencia. Este software se conoce como Exsion Reporting, Exsion Corporate, HB Real Estate, HB Construction Supply y HB SmartTrade, y se suministra bajo licencia y derecho de mantenimiento.

1.5. Software complementario: Software y documentación desarrollados por EXS o terceros, y desplegados como complemento del software estándar Micorosft Dynamics NAV / Business Central, con el fin de satisfacer conjuntamente la funcionalidad deseada por el Cliente, como un sistema único e integrado.

1.6. Software: Término colectivo para el software mencionado en los artículos 1.3, 1.4 y 1.5..

1.7. Servicios: Todos los servicios prestados por EXS, como asesoramiento, investigación, creación de diseños, modificación e instalación de software, conversión de datos, consultoría, formación, posventa y mantenimiento.

1.8. Cliente: Cualquier persona física o jurídica con la que EXS suscriba o haya suscrito un Acuerdo para el suministro de Software y/o Servicios.

1.9. Ubicación: La ubicación especificada específicamente para la entrega/prestación en el Acuerdo o, si no se designa una ubicación de entrega específica, la dirección de la oficina (registrada) del Cliente, tal y como figura en el Acuerdo.

1.10. Contrato: El contrato celebrado entre el Cliente y EXS, relativo al suministro de Software y/o Servicios.

1.11. Suministro: La entrega efectiva del Software y/o los Servicios acordados en el Lugar.

1.12. Equipo: Hardware informático y software de sistema relacionado dentro de la infraestructura de TI del Cliente, desplegado para hacer que el Software sea accesible a los usuarios.

1.13. Instalación: Entrega operativa del Software proporcionado, de forma que pueda funcionar en el Equipo.

1.14. Trabajo Adicional: Modificación, complemento y/o corrección de la Prestación acordada, a petición del Cliente.

1.15. Documentación: Todos los manuales, dibujos, configuraciones, especificaciones y otra información escrita relacionada con el Software que describa sus características y usos potenciales.

1.16. Modificación: Cambios realizados en el Software después de su provisión o instalación.

1.17. Error: Incumplimiento total o parcial por parte del Software EXS de las especificaciones acordadas por escrito.

1.18. Mantenimiento: Todo el trabajo de mantenimiento basado en acuerdos realizado por EXS, relacionado con el Software.

1.19. Soporte: Aspectos de mantenimiento relacionados con la asistencia a usuarios y/o administradores del Software proporcionado, incluidos el asesoramiento, la investigación, la formación y la asistencia posterior por parte de EXS.

1.20. Software en nube: Software que se ejecuta en los centros de datos de Microsoft y no en los servidores del Cliente o de cualquier Proveedor de Servicios de Gestión o Hosting Party contratado por el Cliente. Este software es de Microsoft o de terceros. Este software se proporciona bajo una licencia que depende del número de usuarios y del periodo de uso.

1.21. Datos de carácter personal: Cualquier dato relativo a personas físicas y sujeto a la legislación vigente en materia de privacidad.

2. Aplicabilidad de las presentes Condiciones Generales

2.1. Estos Términos y Condiciones Generales se aplican a todos los Acuerdos y a todas las acciones (legales) relacionadas, tanto de naturaleza preparatoria como ejecutiva, tales como presupuestos, confirmaciones de pedidos y entregas.

2.2. No se aplicarán las condiciones del Cliente ni otras disposiciones sectoriales o generales, a menos que su aplicabilidad haya sido explícitamente aceptada por escrito por EXS. Dicha aceptación sólo se aplicará al Contrato o Contratos en cuestión.

2.3. El hecho de que EXS no exija de forma continuada el estricto cumplimiento de las presentes Condiciones Generales no implica que éstas no sean de aplicación, ni que EXS pierda el derecho a exigir su estricto cumplimiento en casos futuros, similares o no.

2.4. Si alguna de las disposiciones de las presentes Condiciones Generales se considerara nula o inválida por cualquier motivo, el resto de las Condiciones Generales mantendrán su plena vigencia. En tal caso, las partes implicadas negociarán una nueva disposición, que se aproxime lo más posible al contenido, finalidad y alcance de la disposición original.

3. Oferta y Acuerdo

3.1. Todas las ofertas de EXS están libres de obligaciones en cuanto a precios, contenidos y ejecución, así como en cuanto a plazos de entrega y disponibilidad, salvo que se indique lo contrario por escrito. Si una oferta es aceptada por el Cliente, EXS tiene derecho a revocarla en el plazo de dos días laborables a partir de la recepción de la aceptación.

3.2. El contenido de todas las listas de precios, folletos, demostraciones y otros datos que acompañan a una oferta se han establecido con la mayor exactitud posible. Los datos facilitados sólo serán vinculantes para EXS si EXS los confirma explícitamente por escrito. 3.2. Las ofertas se basan en la información facilitada por el Cliente al presentar una solicitud, el Cliente garantizará la exactitud e integridad de la misma.

3.3. Si EXS lo considera necesario o conveniente para la correcta ejecución del contrato, EXS tiene derecho a contratar a terceros, cuyos costes serán repercutidos al Cliente, de acuerdo con la oferta facilitada por EXS.

4. Servicios

4.1. El Cliente podrá solicitar a EXS la prestación de servicios.

4.2. Para ello, EXS presentará un presupuesto con una descripción de los servicios a realizar. EXS sólo comenzará tras la confirmación por escrito.

5. Plazos de entrega, indicaciones de costes y períodos

5.1. Salvo que se acuerde lo contrario explícitamente y por escrito, los plazos de entrega, las indicaciones de costes y los períodos son aproximados. Los plazos y periodos de entrega especificados son indicativos y nunca se considerarán plazos. En caso de retraso en la entrega u otro tipo de demora en el cumplimiento, deberá notificarse por escrito a EXS el incumplimiento, concediéndole un plazo razonable para su cumplimiento.

5.2. El exceso de los plazos especificados por EXS nunca dará derecho al Cliente a suspender el cumplimiento de cualquier obligación frente a EXS.

5.3. EXS no está vinculada por las cláusulas de penalización utilizadas por el Cliente, salvo y en la medida en que se acuerde explícitamente lo contrario por escrito.

5.4. Sólo se podrán acordar fechas y plazos de entrega fijos previa autorización por escrito de la junta directiva.

6. Provisión

6.1. Salvo que se acuerde otra cosa por escrito, el suministro de software y servicios tendrá lugar en el lugar de emplazamiento, en días laborables y durante el horario de oficina habitual en los Países Bajos.

6.2. EXS tiene derecho a suspender nuevas entregas de Software y la prestación de Servicios, hasta que el Cliente haya cumplido todas las obligaciones (de pago) pendientes con EXS, por cualquier motivo.

7. Transferencia del riesgo y reserva de propiedad

7.1. En el momento de la entrega, los bienes suministrados correrán por cuenta y riesgo del Cliente.

7.2. En caso de que se acuerde que el Cliente adquiera la propiedad de los bienes (por ejemplo, copias de la Documentación, soportes que contengan Software o Equipos), la transferencia de la titularidad tendrá lugar una vez que el Cliente haya cumplido todas las obligaciones de pago frente a EXS, en virtud del/de los Contrato(s) celebrado(s) subyacente(s) a la(s) prestación(es) al Cliente por parte de EXS, incluidas todas las obligaciones comunes (saldo de cuenta) y todas las reclamaciones de EXS derivadas del incumplimiento del Cliente (incluidos intereses, costes y sanciones) con respecto a dicho(s) Contrato(s).

7.3. Hasta la transferencia de la titularidad, el Cliente está obligado frente a EXS a gestionar los bienes entregados con el debido cuidado y atención, y a utilizarlos de acuerdo con las directrices proporcionadas por EXS y/o las que se deriven del uso general.

7.4. El Cliente no está autorizado a pignorar los bienes suministrados por EXS, ni a gravarlos de otro modo con (un) derecho(s) limitado(s), siempre y cuando la propiedad de los mismos corresponda a EXS (se base o no en la reserva de dominio).

7.5. Sobre la base de lo dispuesto en este artículo, EXS, como propietaria, tiene derecho a recuperar, o a hacer que se recuperen, las mercancías suministradas por el Cliente o por las partes que posean las mercancías en cuestión en su nombre, si el Cliente no cumple con sus obligaciones y/o se sospecha que no cumple con sus obligaciones. El Cliente está obligado a cooperar en la mencionada recuperación de los bienes suministrados. Esto sólo se aplica al Software Estándar EXS.

7.6. En caso de que otras partes reclamen mercancías cuyos determinados componentes estén sujetos a reserva de dominio, el Cliente está obligado a informar de la reserva de dominio estipulada en el presente documento y no proceder a la entrega hasta haber obtenido el permiso por escrito de EXS.

8. Precios y tasas

8.1. EXS cobrará al Cliente por adelantado por todo el Software y los Servicios, de conformidad con las tarifas aplicables de EXS. A menos que se acuerde lo contrario, las horas por los servicios prestados se facturarán posteriormente de forma mensual.

8.2. Las tarifas anuales de Mantenimiento y Soporte (es decir, helpdesk) se especificarán en el Contrato y se cobrarán por adelantado anualmente, salvo que se acuerde otra cosa por escrito, junto con el importe adeudado a Microsoft en concepto de mantenimiento.

8.3. El Cliente puede cancelar el mantenimiento o una suscripción por escrito, dos meses antes de la fecha de vencimiento del periodo o de la suscripción.

8.4. EXS tiene derecho a modificar anualmente sus tarifas/precios, al comienzo de un año natural. La modificación de las tarifas de los servicios no podrá superar el índice que se aplica a los servicios de EXS (a discreción de EXS). EXS tiene derecho a repercutir los cambios legales, así como los cambios de precios establecidos por Microsoft para el mantenimiento y el Software Estándar de Microsoft Dynamics NAV y las licencias de software de terceros.

8.5. A menos que se indique explícitamente lo contrario en la lista de precios u oferta de EXS, los precios especificados por EXS son:

(a) Sin IVA ni otros gravámenes impuestos por el gobierno;

(b) En euros;

(c) No incluyen los gastos de viaje y/o alojamiento.

9. Pago

9.1. Salvo acuerdo en contrario, el pago deberá efectuarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la factura, sin deducción, compensación o suspensión alguna, en una cuenta bancaria designada por EXS. El dato de valor que figura en los extractos bancarios de EXS es determinante y se considerará el día de pago.

9.2. En caso de pago fuera de plazo, el Cliente incurrirá en mora de pleno derecho, por lo que EXS tendrá derecho al tipo de interés comercial legal, sin perjuicio de otros derechos que le correspondan a EXS. Además, EXS tiene derecho a recuperar todos los costes de cobro incurridos, tanto los costes de cobro judiciales como extrajudiciales, así como los honorarios razonables de los abogados.

9.3. EXS tiene derecho a exigir al Cliente una garantía para el pago de cuotas futuras y a suspender la ejecución de los trabajos y entregas acordados, si EXS considera que la garantía ofrecida es insuficiente.

9.4. Los pagos efectuados a EXS por el Cliente se considerarán siempre realizados para cubrir el pago de los intereses y/o costes adeudados y, posteriormente, el pago de las facturas pendientes más antiguas.

10. Software estándar Microsoft Dynamics NAV / Business Central

10.1. Las estipulaciones de este artículo se aplican especialmente cuando EXS proporciona licencias para Software Estándar de Dynamics NAV en virtud del Contrato.

10.2. EXS únicamente proporciona licencias para el Software Estándar de Microsoft Dynamics NAV especificado en el Contrato. El uso del Software Standard Microsoft Dynamics NAV / Business Central está sujeto a los términos de licencia aplicables de Microsoft. El Cliente cumplirá con estos términos. Únicamente las asociaciones afiliadas al Cliente (en las que el Cliente posea más del 50% de las acciones) están autorizadas a utilizar el Software Standard Microsoft Dynamics NAV / Business Central, siempre que las asociaciones en cuestión se comuniquen a EXS de forma oportuna y no den lugar a que se supere el número de usuarios del Software Standard Microsoft Dynamics NAV / Business Central para el que se ha obtenido una licencia. El Cliente es responsable de mantener una lista actualizada de las asociaciones.

11. Software EXS Estándar

11.1. Las estipulaciones de este artículo se aplican especialmente cuando EXS concede al Cliente el derecho a utilizar el Software Estándar de EXS en virtud del Contrato.

11.2. EXS concede indefinidamente al Cliente el derecho no exclusivo e intransferible de uso privado del Software EXS Estándar, de conformidad con la documentación proporcionada. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el código fuente del Software EXS Estándar no se pondrá a disposición del Cliente, ni se concederá ningún derecho de uso para el código fuente en cuestión.

11.3. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el Cliente sólo podrá realizar un máximo de dos (2) copias del Software EXS Estándar por motivos de seguridad. Estas copias no serán desplegadas por el Cliente, sino que se utilizarán únicamente para reemplazar los materiales originales que se hayan vuelto inutilizables, y llevarán las mismas indicaciones, marcas, números y otros signos distintivos que los originales, que son decisivos para evaluar la propiedad intelectual y el origen del Software Standard EXS.

11.4. El Cliente no está autorizado a encargar a terceros la realización de copias sin el consentimiento previo por escrito de EXS.

11.5. Sin el consentimiento previo por escrito, el Cliente no está autorizado a transferir, arrendar o pignorar el Software Estándar EXS (incluidas sus copias), ni a conceder a terceros ningún derecho o reclamación, publicarlo, ponerlo a disposición para su inspección o permitir que terceros lo utilicen o lo utilicen en su nombre.

11.6. Además, el Cliente no está autorizado a modificar, traducir/localizar o complementar el Software Standard EXS, ni a encargar esta tarea a terceros.

11.7. Si el Software Estándar de EXS llega a manos de terceros por culpa o incumplimiento del Cliente, éste deberá pagar a EXS una penalización inmediatamente exigible por cada infracción constatada, equivalente a la tarifa acordada por el derecho de uso del Software Estándar, sin perjuicio del derecho de EXS al cumplimiento y a la indemnización por los daños sufridos.

11.8. El derecho de uso mencionado en el artículo 10.2 se aplica exclusivamente a la versión proporcionada del Software Estándar de EXS. Sólo si el Cliente ha celebrado un Acuerdo a tal efecto, el derecho de uso también se aplica a las actualizaciones y nuevas versiones del Software Estándar EXS.

12. Software complementario

12.1. Las estipulaciones de este artículo se aplican especialmente cuando EXS desarrolla y/o proporciona Software Suplementario (este último posiblemente a través de terceros) en virtud del Contrato.

12.2. En consulta con el Cliente, EXS especificará por escrito qué Software Complementario se desarrollará y de qué manera. Esto se hará sobre la base de la información proporcionada por el Cliente, quien garantizará la exactitud e integridad de la misma. Una vez que el Cliente haya aprobado las especificaciones por escrito, EXS emprenderá el desarrollo del Software Complementario con el debido cuidado.

12.3. Si se acuerda que el desarrollo del Software Complementario se llevará a cabo por fases, EXS podrá suspender el inicio de los trabajos que formen parte de una fase siguiente, hasta que el Cliente haya aprobado los resultados de la fase anterior.

12.4. Las modificaciones en el Software Complementario con respecto a las especificaciones aprobadas antes del momento de la entrega o instalación, deberán notificarse por escrito a EXS. Estas modificaciones se considerarán Trabajo Adicional, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.

12.5. Salvo acuerdo en contrario, EXS concede indefinidamente al Cliente el derecho exclusivo e intransferible de uso privado del Software Complementario, de conformidad con la Documentación facilitada, así como el derecho exclusivo de uso del código fuente, para garantizar el uso continuo y normal del Software Complementario. El Cliente no está autorizado a utilizar o explotar el código fuente de otro modo.

12.6. EXS proporcionará al Cliente el Software Complementario a desarrollar, incluido el código fuente en cuestión, de conformidad con las especificaciones y las modificaciones realizadas. Si así se acuerda, EXS instalará el Software Complementario en las instalaciones del Cliente.

12.7. Tras la entrega o instalación, el Cliente tiene la opción de probar el Software Complementario mediante una prueba de aceptación durante un periodo máximo de 30 días, a menos que se especifique un periodo diferente en el Contrato. La prueba de aceptación será realizada por el Cliente y deberá prepararse en estrecha consulta y colaboración con EXS.

12.8. Durante el periodo de prueba del Software Complementario, los Errores y/o modificaciones deseados por el Cliente podrán ser notificados por escrito a EXS.

12.9. Tras el periodo de prueba, EXS determinará, en consulta con el Cliente, si realmente se han producido Error(es) o modificación(es), basándose en los errores registrados y las modificaciones deseadas.

12.10. En caso de (un) Error(es), EXS lo(s) subsanará en la medida de sus posibilidades y lo notificará por escrito al Cliente tan pronto como lo haya hecho, tras lo cual el Cliente tendrá de nuevo la oportunidad de probar el Software Complementario durante un periodo de 10 días. En caso de modificaciones en el Software Complementario, EXS las implementará tras la aceptación del encargo de hacerlo, y cobrará la tarifa habitual.

12.11. Si el progreso de la prueba de aceptación se ve obstaculizado por (un) Error(es), EXS garantizará el apoyo necesario lo antes posible. En caso de (un) Error(es) que obstaculice(n) sustancialmente el funcionamiento del Software Complementario de tal forma que la prueba de aceptación deba darse por terminada, el resto del periodo de prueba se suspenderá, desde el momento de la determinación real del Error(es) en cuestión hasta el momento en que el Error(es) haya(n) sido subsanado(s), de conformidad con el artículo 11.10.

12.12. El Software Complementario se considera aceptado:

(a) Si el Cliente declara aceptar el Software Complementario: El día de dicha declaración;

(b) Si, tras el periodo de prueba, no se ha determinado ningún Error: El día siguiente al periodo de prueba en cuestión;

(c) Si el Cliente no lleva a cabo la prueba de aceptación acordada en el plazo de 30 días tras la entrega o instalación por parte de EXS, o si la prueba de aceptación acordada no puede llevarse a cabo o completarse debido a circunstancias no imputables a EXS, el día31 siguiente al día en que tuvo lugar la entrega o instalación por parte de EXS.

12.13. Si el Cliente y EXS acuerdan la entrega por fases, el rechazo de la aceptación de una fase determinada no afectará en ningún caso a la aceptación de la entrega en una fase anterior.

12.14. Con respecto al derecho de soporte para el Software Complementario proporcionado por EXS, el Cliente podrá celebrar un Acuerdo a tal efecto con EXS.

13. Software en la nube - Microsoft, terceros y EXS

13.1. A través de EXS, el Cliente puede adquirir licencias para el uso de Microsoft Dynamics 365 Business Central y software de terceros en la nube. Se aplicarán las condiciones de licencia de Microsoft, así como las condiciones de precios que pueden estar sujetas a cambios.

13.2. El Cliente concederá a EXS el derecho a mantener las licencias de Microsoft Dynamics 365 Business Central y Power Platform.

13.3. EXS solo modificará estas licencias previa obtención de permiso.

13.4. Microsoft es responsable de la seguridad, el tiempo de actividad del software y el escalado del sistema. EXS tendrá un papel mediador.

13.5. El cliente proporcionará a EXS acceso al inquilino con fines de soporte, así como datos de telemetría para la detección de errores.

13.6. El Cliente añadirá Apps suplementarias (de AppSource) en consulta con EXS. Ambas partes determinarán el soporte y la configuración de este software en consulta.

13.7. Sólo se podrán añadir Apps específicas del sector y Exsion Reporting previa autorización por escrito del Cliente. 13.8. EXS anunciará anualmente las condiciones de precios aplicables, así como los términos y condiciones generales.

13.8. El Cliente tiene derecho a rescindir la licencia mediante notificación por escrito, con sujeción a las condiciones de notificación. El preaviso depende del periodo de compra acordado, incluido el descuento correspondiente.

13.9. Tras la rescisión, el Cliente podrá descargar sus datos a través de la interfaz de Business Central.

13.10. El Cliente respetará los derechos de propiedad intelectual de Microsoft, de terceros y de EXS.

13.11. El Software en Nube se actualiza automáticamente a la última versión. El periodo en el que el Cliente acepte esta última versión, tendrá lugar en consulta con EXS y de acuerdo con las condiciones previas de Microsoft, dentro de las condiciones previas de Microsoft.

13.12. Antes de la actualización, los cambios específicos realizados en el Software en la nube deberán ser probados por el Cliente en el entorno de pruebas proporcionado por Microsoft (Sandbox).

14. Garantía

14.1. EXS no garantiza el software estándar proporcionado por Microsoft, ni el software proporcionado por terceros.

A menos que se acuerde lo contrario, para el Software estándar de EXS se aplica un período de garantía de tres meses, a partir de la entrega. Para el Software Complementario, se aplica un periodo de garantía de 30 días a partir de la aceptación. Si el Cliente suscribe un contrato de mantenimiento con EXS para el Software proporcionado por EXS al Cliente, antes del inicio del periodo de garantía o durante el mismo, las disposiciones del contrato de mantenimiento en cuestión sustituirán a esta garantía.

14.2. Salvo acuerdo en contrario, el trabajo en el ámbito de la garantía tendrá lugar durante el horario de oficina habitual de EXS. A tal efecto, el Cliente concederá a EXS libre acceso al Software suministrado y a las disposiciones técnicas relacionadas.

14.3. La garantía no se aplicará si:

(a) Se han realizado modificaciones en el Software proporcionado por EXS, ya sea por parte del Cliente o de terceros, sin el consentimiento por escrito de EXS;

(b) El Software proporcionado ha sido utilizado de forma incorrecta, inapropiada o, en opinión de EXS, utilizada de forma incompetente por otra parte;

(c) Los errores no se comuniquen inmediatamente por escrito a EXS, tan pronto como sea razonablemente posible determinarlo.

14.4. La garantía tampoco se aplicará si los productos suministrados se trasladan después de la instalación, tanto interna como externamente, a Equipos diferentes, sin el consentimiento explícito de EXS, incluso si EXS es responsable de la instalación del Software que suministra. EXS tiene derecho a imponer condiciones razonables sobre el consentimiento al que se hace referencia en el presente documento, con respecto al suministro de Software que esté listo para ser utilizado de nuevo. EXS cobrará al Cliente los honorarios aplicables por el trabajo realizado con este fin.

14.5. El cumplimiento de sus obligaciones de garantía por parte de EXS, se considerará como la única y completa compensación con respecto a los Errores. EXS no está obligado a ninguna otra obligación, ni el Cliente tiene derecho a disolver el Contrato debido a Errores. La única excepción a esto es si EXS incumple sus obligaciones de garantía.

14.6. EXS podrá cargar al Cliente los costes de subsanación de Errores y sustitución de Software no cubiertos por la garantía en virtud del presente artículo, de conformidad con las tarifas aplicables.

15. Mantenimiento y Soporte

15.1. Las estipulaciones de este artículo se aplican especialmente si EXS proporcionará Mantenimiento y/o Soporte al Cliente en virtud del Contrato. El mantenimiento y la asistencia solo están relacionados con el software proporcionado por o a través de EXS, tanto el Software en la Nube como el software que se ejecuta en los sistemas del Cliente o del proveedor de servicios gestionados del Cliente.

15.2. EXS llevará a cabo su trabajo en el ámbito del Mantenimiento y Soporte de la mejor manera posible.

15.3. Las actividades dentro del ámbito del Mantenimiento consisten en:

(a) Subsanación de errores, tal y como se describe en los artículos 15.9 hasta 15.13 inclusive;

(b) Suministro de actualizaciones y nuevas versiones del Software, según lo descrito en los artículos 15.9 hasta 15.16 inclusive;

(c) Soporte, según lo descrito en los artículos 15.17 hasta 15.18 inclusive; y,

(d) si se acuerda por escrito, investigación sobre la funcionalidad proporcionada de nuevas versiones, así como asesoramiento al Cliente sobre su relevancia para el Cliente.

15.4. El Cliente y EXS designarán personas de contacto y sustitutos para mantenerse en contacto en asuntos relacionados con el Mantenimiento. Estos empleados del Cliente y de EXS deberán poseer un nivel suficiente de conocimientos con respecto a la infraestructura informática y al Software del Cliente.

15.5. El Cliente garantizará que el nivel de conocimientos de los usuarios y administradores es suficiente y seguirá siéndolo. EXS garantizará un nivel de conocimientos que permita a EXS seguir proporcionando al Cliente un soporte de Software adecuado y a largo plazo.

15.6. El Cliente proporcionará gratuitamente a EXS el Software y los archivos de datos necesarios para el mantenimiento, durante un número suficiente de horas consecutivas, en la medida en que ello no obstaculice significativamente las actividades operativas del Cliente.

15.7. Los empleados de EXS deberán trabajar con los archivos de datos del Cliente de los que dispongan de copias actualizadas.

15.8. Al realizar trabajos de mantenimiento, deberá estar disponible y/o presente al menos un (1) experto del Cliente.

15.9. El Cliente sólo informará de los Errores a través del Portal de Servicios de HB, que está disponible 24 horas al día, 7 días a la semana. El Cliente deberá recopilar tantos datos detallados como sea posible, para permitir a EXS determinar la causa de un Error de la forma más rápida y clara posible.

15.10. Un Error será procesado por EXS si el Error:

(a) Es especificado y reproducible, y;

(b) Ocurre en una versión soportada del Software en cuestión;

(c) No esté causado por software y/o sistemas para los que no se haya suscrito un contrato de mantenimiento.

15.11. EXS asignará una prioridad razonable a los Errores, de acuerdo con la clasificación que figura a continuación:

(a) Error de tipo A: Avería o disfunción total del sistema, o disfunción de (componentes esenciales del) sistema de tal manera que las actividades operativas se vean gravemente obstaculizadas;

(b) Error de tipo B: Avería o disfunción de componentes no esenciales del sistema, que causan un entorpecimiento de las actividades operativas, sin perjudicar la gestión operativa del Cliente;

(c) Error de tipo C: El resto de defectos y/o deficiencias.

El caso de un Error de tipo A constituye una verdadera emergencia y, tras la notificación, EXS tomará inmediatamente medidas y realizará los trabajos necesarios para subsanar el Error. En caso de un Error de tipo A, EXS continuará trabajando durante las horas de oficina para subsanar el Error, antes de lo cual EXS discutirá con el Cliente si esto es necesario para el Error de tipo A en cuestión. Si se produce un Error de tipo B, EXS tomará medidas en un plazo de cuatro (4) horas laborables tras la notificación, y continuará trabajando durante las horas de oficina para subsanar el Error. Si se produce un Error de tipo C, EXS comenzará a trabajar para subsanar el Error en horario de oficina lo antes posible y resolverá el problema en cuestión en horario de oficina lo antes posible.

15.12. EXS proporcionará información sobre cómo se resolverá o se ha resuelto cada Error notificado, con una explicación suficientemente detallada sobre cómo se resolvió un problema determinado.

15.13. En el marco del Mantenimiento, EXS no está obligada a subsanar los Errores causados por:

(a) Negligencia grave por parte del Cliente y/o sus empleados;

(b) Utilización fuera del uso previsto acordado;

(c) Un origen externo al Software proporcionado por EXS;

(d) Modificaciones del Software realizadas por terceros, es decir, otras partes distintas de EXS o personas encargadas por EXS, sin el consentimiento previo por escrito de EXS.

15.14. EXS se atendrá a la política de lanzamientos de Microsoft en relación con el Software estándar de Microsoft Dynamics NAV / Business Central. Las nuevas versiones del Software se proporcionarán al Cliente en forma de una nueva versión, si se trata del Software estándar de Microsoft Dynamics NAV / Business Central. El Cliente podrá elegir libremente si desea utilizarlo. Las nuevas versiones y actualizaciones del Software de EXS se proporcionarán tan pronto como estén disponibles. Dentro del ámbito del Mantenimiento, EXS está obligada a subsanar los Errores de las nuevas versiones y actualizaciones, a partir del día en que se instalaron.

15.15. Si el Cliente no utiliza una nueva versión del Software estándar de Microsoft Dynamics NAV / Business Central en los seis (6) meses siguientes a la notificación de su disponibilidad al Cliente, EXS ya no estará obligado a subsanar los Errores del Software más antiguo si la nueva versión en cuestión ha corregido dichos Errores. La única excepción es si EXS ha aconsejado por escrito al Cliente que no utilice la nueva versión. En caso de que el Cliente desee que se subsanen Errores que EXS no esté obligado a subsanar en virtud de lo anterior, ello constituirá Trabajo Adicional.

15.16. Dentro del ámbito del Mantenimiento, sólo se pondrán a disposición nuevas versiones del Software. Los servicios relacionados con las nuevas versiones, como la instalación, no están cubiertos por el Mantenimiento. Dichos Servicios pueden ser prestados (in situ) por EXS a petición del Cliente, a cambio de los honorarios especificados en el Contrato o, en su defecto, los honorarios aplicables de EXS.

15.17. En caso de que EXS preste Asistencia en virtud del Contrato, EXS estará disponible para asesorar al Cliente por teléfono y/o correo electrónico. EXS proporcionará asesoramiento con respecto al uso y funcionamiento del Software mencionado en el Contrato, mediante un servicio de asistencia disponible en horario de oficina.

15.18. La asistencia se prestará desde la oficina de EXS y, en la medida de lo posible, se realizará principalmente mediante acceso remoto a la red del Cliente. Si el Cliente lo desea explícitamente, las actividades de soporte podrán tener lugar in situ y se cobrarán adicionalmente. En estrecha consulta, las partes elaborarán un protocolo de acceso que satisfaga los requisitos de seguridad del Cliente y permita a EXS proporcionar un Soporte adecuado.

16. Derechos de propiedad intelectual e indemnización

16.1. Todos los derechos de propiedad intelectual relacionados con el Software EXS y el código fuente subyacente seguirán perteneciendo a EXS o a sus proveedores, a menos que se acuerde explícitamente lo contrario por escrito. 16.2. El Cliente no eliminará ni modificará ningún signo distintivo relativo a los derechos de propiedad intelectual de EXS o de sus proveedores.

16.2. La recepción del Software obligará al Cliente a adoptar las medidas técnicas adecuadas para evitar su uso por parte de terceros o el abuso por parte de su personal.

16.3. EXS indemnizará al Cliente por las reclamaciones de terceros debidas a una supuesta infracción de los derechos de propiedad intelectual de estos terceros con respecto al Software de EXS o a cualquiera de sus componentes, siempre y cuando se notifique inmediatamente a EXS por escrito, y el Cliente deje la resolución del conflicto exclusivamente en manos de EXS y coopere plenamente con EXS.

16.4. Si se determina que el Software de EXS infringe algún(os) derecho(s) de propiedad intelectual y, como consecuencia de ello, se deniega al Cliente el derecho de uso, EXS deberá, a sus expensas y a su discreción

(a) Asegurarse de que se concede al Cliente el derecho a seguir utilizándolo;

(b) Modificar el componente infractor de forma que cese la infracción;

(c) Sustituir el componente infractor por otro de funcionalidad similar que no constituya una infracción;

(d) Retirar el Software EXS en cuestión en su totalidad, y reembolsar el precio pagado, sin ser responsable de ninguna otra compensación.

16.5. EXS no se hace responsable de las infracciones causadas por el uso de material(es) proporcionado(s) por EXS en combinación con Software y Equipo no proporcionado(s) por EXS, ni por el uso de una manera diferente a la que el Software proporcionado por EXS está desarrollado o destinado, ni por cualquier modificación(es) realizada(s) en el Software proporcionado por EXS sin el consentimiento por escrito de EXS.

16.6. Si EXS realiza un trabajo basado en diseños, dibujos u otras instrucciones proporcionadas por el Cliente o en su nombre, el Cliente garantizará que ello no infringe ningún derecho de propiedad intelectual u otros derechos de terceros. El Cliente indemnizará a EXS por cualquier reclamación de terceros.

17. Confidencialidad

17.1. El Cliente está obligado a mantener la más absoluta confidencialidad en relación con el Software, la Documentación y los Servicios, así como con los conocimientos técnicos contenidos en los mismos, y no podrá divulgarlos de ninguna manera o forma sin el consentimiento previo por escrito de EXS. El Cliente está obligado a tomar medidas para garantizar el cumplimiento de esta confidencialidad por parte de sus empleados y/o asistentes contratados.

17.2. Las partes también están mutuamente obligadas a mantener total confidencialidad frente a terceros con respecto a la información confidencial facilitada mutuamente.

18. Acceso

En cualquier momento razonable, el Cliente concederá a EXS o a sus representantes designados acceso, entre otros, a la Ubicación o al lugar donde residan el Software y la Documentación, con el fin de permitir a EXS determinar si el Software y la Documentación, así como otros materiales relacionados con el Software y la información escrita se utilizan de conformidad con las disposiciones del presente Contrato.

19. Fuerza mayor

19.1. Ninguna de las partes está obligada a cumplir ninguna obligación, incluidas las obligaciones de garantía legal y/o las obligaciones de garantía acordadas, si se ve obstaculizada por causa de fuerza mayor. La fuerza mayor por parte de EXS se define como sigue:

(a) Fuerza mayor por parte de los proveedores de EXS;

(b) Incumplimiento de las obligaciones de los proveedores prescritas a EXS por el Cliente;

(c) Defecto de artículos, equipos, software o materiales de terceros cuyo uso haya sido prescrito a EXS por el Cliente;

(d) Medidas gubernamentales,

(e) Corte del suministro eléctrico;

(f) Interrupción de Internet, de la red de datos o de las instalaciones de telecomunicaciones;

(g) Guerra y desastres naturales imprevistos; y

(h) Problemas generales de transporte.

19.2. En caso de una situación de fuerza mayor que dure más de 60 días, cada una de las partes tiene derecho a disolver el Acuerdo por escrito. Todo lo que ya se haya realizado en virtud del Acuerdo, se liquidará en consecuencia, sin que ninguna de las partes deba nada a la otra.

20. Responsabilidad

20.1. La responsabilidad total de EXS, debida a (una) deficiencia(s) imputable(s) en el cumplimiento del Contrato o a cualquier motivo legal, incluyendo explícitamente cualquier deficiencia en el cumplimiento de las obligaciones de garantía mencionadas en el artículo 13, se limita a la indemnización de los daños directos, con un máximo igual al precio estipulado en el Contrato (IVA excluido). Si el Acuerdo se refiere principalmente a un contrato de ejecución continuada con una duración superior a un año, el precio estipulado para el Acuerdo en cuestión se calculará sobre la base del importe total de los honorarios (IVA excluido) estipulados para un año. En ningún caso la responsabilidad total de EXS por daños directos, por cualquier motivo legal, será superior a 50.000 euros (cincuenta mil euros).

20.2. La responsabilidad total de EXS por daños debidos a muerte, lesiones corporales o daños materiales no excederá en ningún caso de 1.250.000 euros (un millón doscientos cincuenta mil euros).

20.3. EXS no aceptará responsabilidad alguna por daños indirectos, daños consecuenciales, pérdida de beneficios, pérdida de ahorros, reducción del fondo de comercio, daños debidos al estancamiento del negocio, daños resultantes de reclamaciones de los clientes del Cliente, daños relacionados con el uso de artículos, materiales o software de terceros prescritos a EXS por el Cliente, y daños relacionados con la contratación de proveedores prescritos a EXS por el Cliente. EXS tampoco acepta ninguna responsabilidad relacionada con la mutilación, destrucción o pérdida de datos o documentos.

20.4. Las exclusiones y limitaciones descritas en los artículos 18.1 hasta 18.3 inclusive se entenderán sin perjuicio de las demás exclusiones y limitaciones de responsabilidad de EXS descritas en el presente Contrato.

20.5. Las exclusiones y limitaciones descritas en los artículos 18.1 hasta 18.4 inclusive prescribirán en la medida en que los daños sean consecuencia de dolo o imprudencia temeraria por parte de la dirección de EXS.

20.6. Salvo que el cumplimiento por parte de EXS resulte permanentemente imposible, la responsabilidad de EXS por (una) deficiencia(s) imputable(s) en la ejecución de un Contrato sólo surgirá si el Cliente declara inmediatamente por escrito el incumplimiento de EXS y le concede un plazo razonable para subsanar la(s) deficiencia(s), y EXS sigue incumpliendo imputablemente después de dicho plazo. La notificación de incumplimiento debe contener una descripción de la(s) deficiencia(s) lo más completa y detallada posible, proporcionando así a EXS la oportunidad de responder adecuadamente.

20.7. Una condición para la existencia de cualquier derecho a indemnización será en todos los casos que el Cliente notifique por escrito a EXS los daños lo antes posible tras producirse. 20.8. Todo derecho a indemnización por daños y perjuicios frente a EXS prescribirá a los 24 meses de haberse producido la reclamación, salvo que el Cliente haya interpuesto una acción judicial de indemnización por daños y perjuicios con anterioridad a la expiración de dicho plazo.

20.8. Las disposiciones de este artículo, así como todas las demás limitaciones y exclusiones de responsabilidad descritas en estas Condiciones Generales, se aplicarán también a favor de todas las personas físicas o jurídicas contratadas por EXS para ejecutar el Contrato.

21. Disolución y rescisión del Contrato

21.1. Cada una de las partes sólo estará autorizada a resolver el Contrato debido a un incumplimiento imputable en la ejecución del mismo, si la otra parte, en todos los casos, tras haber sido notificada de su incumplimiento por escrito de la forma más detallada posible, y haberle concedido un plazo razonable para subsanar el incumplimiento en cuestión, incumple de forma imputable las obligaciones esenciales derivadas del Contrato. Las obligaciones de pago del Cliente y todas las demás obligaciones del Cliente o de un tercero contratado por el Cliente para cooperar y/o facilitar información, se considerarán en todos los casos obligaciones esenciales derivadas del Contrato.

21.2. Si, en el momento de la disolución, el Cliente ya ha recibido bienes y/o servicios en virtud de la ejecución del Contrato, estos bienes y/o servicios y las obligaciones de pago relacionadas no estarán sujetos a nulidad, a menos que el Cliente demuestre que EXS ha incurrido en mora con respecto a estos bienes y/o servicios. Los importes facturados por EXS con anterioridad a la disolución y relacionados con bienes y/o servicios ya entregados y/o prestados adecuadamente, seguirán siendo pagaderos en su totalidad, de conformidad con lo dispuesto en la frase anterior, y vencerán inmediatamente tras la disolución.

21.3. Si un Acuerdo, que por su naturaleza y contenido no se extingue por finalización, se celebra por tiempo indefinido, podrá ser rescindido por escrito por cada una de las partes, tras la oportuna consulta y exponiendo los motivos. Si las partes no han acordado un plazo de preaviso, deberán respetar un plazo de preaviso razonable. En caso de rescisión, EXS nunca estará obligada a pagar indemnización alguna.

21.4. El Cliente no tiene derecho a rescindir prematuramente un Contrato de prestación de servicios celebrado por tiempo indefinido.

21.5. Cualquiera de las partes podrá rescindir el Contrato por escrito y sin preaviso, total o parcialmente, con efecto inmediato, si a la otra parte se le concede la suspensión de pagos, provisional o no, si la otra parte es declarada en quiebra, si el negocio de la otra parte se liquida o finaliza con un fin distinto a la reconstrucción o fusión de empresas. EXS también podrá rescindir el Contrato por escrito sin notificación de incumplimiento, en su totalidad o en parte, con efecto inmediato, si el control decisivo sobre la empresa del Cliente cambia directa o indirectamente. En caso de rescisión conforme a lo dispuesto en el presente apartado, EXS no estará obligada a reembolsar las cantidades ya percibidas ni a indemnizar por daños y perjuicios. En caso de quiebra irrevocable del Cliente, el derecho del Cliente a utilizar el Software puesto a disposición, así como el acceso a y/o el uso de los Servicios cesarán entonces, sin que sea necesaria ninguna acción por parte de EXS para rescindir.

22. Obligaciones tras la rescisión del Contrato

En caso de que el Acuerdo sea rescindido o disuelto de cualquier forma, las disposiciones que por su naturaleza estén destinadas a permanecer en vigor, incluso después de la rescisión, como las disposiciones relativas a la responsabilidad, la confidencialidad, los derechos de propiedad intelectual, la legislación aplicable y un tribunal competente, permanecerán en pleno vigor y efecto.

23. Prohibición de empleo del personal de EXS

El Cliente no está autorizado a contratar a empleados de EXS sin el consentimiento de EXS, incluso si se trata de empleados en comisión de servicio en el Cliente, durante un periodo de dos años tras la finalización del Acuerdo en cuestión.

24. Datos personales

24.1. EXS se compromete a tratar los datos personales con el debido cuidado. Esta diligencia está garantizada por un acuerdo de confidencialidad firmado por el personal de EXS. Además, el Cliente recibe un acuerdo de tratamiento en el que se describen sus derechos y obligaciones. Si este acuerdo no se firma en un plazo de 10 días laborables o no se anota con comentarios, se considerará firmado.

24.2. EXS dispone de una política de seguridad que se actualiza con frecuencia.

25. Transferencia de derechos y obligaciones

25.1. El Cliente no venderá, transferirá o pignorará a terceros, bajo ninguna circunstancia, los derechos y obligaciones derivados de cualquier Contrato.

25.2. EXS tiene derecho a vender, transferir o pignorar sus derechos de remuneración a terceros.

26. Derecho aplicable y litigios

26.1. Las presentes Condiciones Generales y el Contrato con el Cliente se regirán por la legislación neerlandesa.

26.2. Cualquier disputa que surja de la interpretación o ejecución de estas Condiciones Generales, así como cualquier disputa que surja de cualquier Acuerdo entre EXS y el Cliente será resuelta por el tribunal competente en Amsterdam, a menos que se acuerde otra cosa. Una disputa surge, si cualquiera de las partes notifica a la otra parte de la disputa por correo certificado.